INTERCAMBIO PSICOANALÍTICO, 14 (2), 2023, pp 73 - 82
ISSN 2815-6994 (en linea) DOI: doi.org/10.60139/InterPsic/14.2. 6/
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SUJETO AUTISTA, CAMPO
SOCIAL Y LA NUEVA LEY TEA EN
CHILE
SUJEITO AUTISTA, CAMPO SOCIAL E A
NOVA LEI ASD NO CHILE
AUTISTIC SUBJECT, SOCIAL FIELD AND THE
NEW ASD LAW IN CHILE
Claudia Baeza Rosales
Sociedad Chilena de Psicoanálisis
ORCID:0000-0002-0547-6425
claudia.baeza.rosales@gmail.com
Joan Black Duvanced
Sociedad Chilena de Psicoanálisis
ORCID:0000-0003-0062-668X
ps.joanblack@gmail.com
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Baeza Rosales C. Black Duvanced J (2023) SUJEITO AUTISTA, CAMPO SOCIAL E A NOVA LEI ASD NO CHILE
Intercambio Psicoanalítico 14 (2),DOI: doi.org/10.60139/InterPsic/14.2. 6/
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RESUMEN:
En este artículo se realiza una reexión sobre el sujeto autista en
interrelación con la ley denominada “ley TEA (trastorno del espectro
autista)” que se ha generado en la actualidad en Chile. Situaremos
una concepción del autismo desde el psicoanálisis y del cómo pensar
el campo social en el proceso de devenir sujeto, de la mano de Piera
Aulagnier, para luego avanzar hacia el concepto de libertad de circu-
lación, tomado desde los planteamientos de Jean Oury desarrollados
en el campo de la psicosis, instalándolo como lo que podría ser un
camino novedoso respecto de las posibilidades subjetivantes de ha-
bitar el espacio social junto con otros. Finalmente con ese recorrido
trazado, volvemos a la pregunta sobre las implicancias de esta nueva
ley en el sujeto autista.
Palabras clave:
autismo - producción subjetividad - campo social - ley TEA
RESUMO:
Este artigo reete sobre o sujeito autista em relação à lei denomi-
nada “lei ASD (transtorno do espectro do autismo)” que foi gerada
atualmente no Chile. Situaremos uma concepção de autismo a partir
da psicanálise e de como pensar o campo social no processo de tor-
nar-se sujeito, liderado por Piera Aulagnier, para depois avançarmos
em direção ao conceito de liberdade de movimento, tomado a partir
das abordagens de Jean Oury desenvolvidas no campo da psicose,
instalando-a como o que poderia ser um caminho inédito no que diz
respeito às possibilidades subjetivantes de habitar o espaço social
junto com os outros. Por m, delineado este percurso, voltamos à
questão sobre as implicações desta nova lei sobre o sujeito autista.
Palavras-chave:
autismo - subjetividade de produção - campo social - direito TEA
ABSTRACT:
This article reects on the autistic subject in relation to the law ca-
lled “ASD law (autism spectrum disorder)” that has currently been
generated in Chile. We will situate a conception of autism from psy-
choanalysis and how to think about the social eld in the process of
becoming a subject, led by Piera Aulagnier, and then move towards
the concept of freedom of movement, taken from Jean Oury’s approa-
ches developed in the eld of psychosis, installing it as what could be
a novel path regarding the subjectivating possibilities of inhabiting
the social space together with others. Finally, with this route outli-
ned, we return to the question about the implications of this new
law on the autistic subject.
Keywords:
autism - production subjectivity - social eld - TEA law
SUJETO AUTISTA,
CAMPO SOCIAL Y LA NUEVA
LEY TEA EN CHILE
Claudia Baeza Rosales1
Joan Black Duvanced2
1 Psicóloga Magíster en psicología
clínica, Universidad Andrés Bello.
Mag. en Psicología clínica, mención
psicoanálisis, UAI-ICHPA. Formación
en psicoanálisis de grupo, familia
e institución, en Apsylien - Francia.
Cofundadora de la Fundación Casa
para la infancia. Directora clínica
Casa para la Infancia. Analista en
formación Sociedad Chilena de
Psicoanálisis ICHPA.
2 Psicóloga, Universidad Diego
Portales; Magíster en Psicología
Clínica, mención Psicoanálisis UAI-
ICHPA; Acreditada como especialista
en psicoterapia SCPC; Diplomada en
Clínica Psicoanalítica Infanto Juvenil
Universidad de Chile; Diplomada en
Intervención en Abuso Sexual Infantil
en Ponticia Universidad Católicade
Chile. Analista en formación
Sociedad Chilena de Psicoanálisis
ICHPA.
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Introducción
Durante los últimos años se ha observado un aumento considerable de
los diagnósticos asociados al autismo. Las consultas de pacientes y fami-
lias atravesadas por este diagnóstico buscando ayuda, apoyo y muchas
veces una explicación, son habituales.
Con el manual de psiquiatría actual, DSM V, se amplió el diagnóstico
de autismo a un espectro, dentro del cual hay espacio para una multi-
plicidad de formas, gravedades e identidades. Lo que antes podía ser
trastorno del desarrollo, hipersensibilidad, psicosis, entre otros, hoy
responde a un mismo diagnóstico, cuyo espectro ampara desde niños
o adultos altamente funcionales y con leves o alteraciones especícas,
a niños o adultos de gravedad, sin habla, sin capacidad de autonomía,
donde el autismo es sumamente severo.
Dentro de ese espectro, las necesidades de cada niño serán diferentes,
allí quizás entra la importancia de cuestionar estos diagnósticos que vie-
nen a simplicar sufrimientos, agrupándolos y clasicándolos a todos
en una misma categoría, sin escuchar las distintas historias, los distintos
sufrimientos, lo singular de cada entramado familiar.
Esta forma de operar que viene a nombrar a todos por igual, podría
responder en parte al por qué hoy en día este diagnóstico se ha visto
acrecentado. Pero también podríamos preguntarnos por los efectos y el
impacto de este aumento en nuestra sociedad, que hoy genera la crea-
ción de una ley, que tiene como objetivo la protección de quienes han
sido diagnosticados dentro de este espectro.
En marzo del presente año en Chile se promulga la “ley TEA”, la cual
“busca resguardar la inclusión social, atención integral y protección de
los derechos de las personas diagnosticadas con Trastorno del espectro
autista (TEA)” (Minsal, 2023).
Para ello se considerarán distintas cuestiones; garantizar el acceso a la
salud y educación, no discriminación, promoción del diagnóstico tem-
prano, permisos parentales para llevar a sus hijos a sus tratamientos,
permiso de acompañamiento, carteles comunicativos en el espacio so-
cial, capacitaciones e investigación, y etc. No cabe duda que esta ley in-
tenta dar respuesta y acoge las preocupaciones y demandas de muchas
familias e instituciones que han trabajado por la inclusión social, sin
embargo nos preguntamos: ¿en qué lugar dejará todo esto a quien po-
see un diagnóstico de TEA y se encuentra en desarrollo y constitución?
¿Estas acciones permitirán mayor resguardo desde lo legal a lo social o
vendrá a limitar?
La ley TEA dene el trastorno del espectro autista como una diversidad
con relación a un neurodesarrollo típico, considerando que existe una
variabilidad natural en el funcionamiento cerebral.
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Siguiendo a Janin (2003), a propósito del diagnóstico de décit de aten-
ción (TDAH), menciona:
Se suelen poner rótulos, reduciendo la complejidad de la vida psíquica
infantil a un paradigma simplicador y biologizante. En lugar de un psi-
quismo en estructuración, en crecimiento continuo, en el que el conic-
to es fundante y en el que todo efecto es complejo, se supone un “décit
neurológico” (pág.13).
Por tanto, podríamos pensar que si bien con el surgimiento de la ley TEA
hay un intento por ofrecer garantías, se arriesga la particularidad y la
singularidad de cada sujeto. Hay una denición identitaria a la cual se
ha de adscribir para contar con tales benecios. Cabe entonces pregun-
tarnos; ¿cómo ese nombramiento cae en un sujeto en estructuración?
¿Cómo se moverá ese sujeto entre las normas abocadas a él y a su grupo
particular, en interrelación con las que son para todos? ¿Qué le sucede-
rá con esas acciones que le irán dirigidas a él como perteneciente a un
diagnóstico especíco?
Pensando al sujeto autista
Para comprender de qué se trata este diagnóstico y cuáles son sus parti-
cularidades desde el psicoanálisis, nos acogemos a la psicoanalista Gise-
la Untoiglich, quien entiende al sujeto autista, primero, como un sujeto,
de ahí que los nombremos como tales: sujetos autistas. Y desde ahí,
como un sujeto que sufre, cuya vivencia de dolor está relacionada con
las cantidades de energía que inundan al aparato psíquico y que no pue-
den ser procesadas por él mismo, lo que puede provocar un rechazo
como defensa primaria.
Considero que el autismo no se trata de “una fortaleza vacía” (Bettel-
heim), sino de una demasiado llena de sensaciones innombrables, de
terrores arrasadores, de vivencias de signicación que buscan evacuar-
se a través del vaciamiento subjetivo porque no pueden cualicarse (Un-
toiglich, 2015, pág.45).
Es decir, Untoiglich piensa al autismo como un sujeto a la intemperie; a
merced de la realidad, y que desde allí, se generaría una coraza autística
como defensa. En vez de vacío, hablamos de un exceso. Y si hablamos de
exceso, se vuelve fundamental pensar en aquello con lo cual el psiquis-
mo entra en interacción; con los contenidos y cantidades que se encon-
trará en el encuentro con el afuera.
Ello nos lleva a pensar en la noción de barrera anti estímulo formulada
por Freud (1895), la cual funciona a modo de escudo protector para el
psiquismo. Freud (1895) plantea que el yo puede formarse en la medida
en que el bebé sea protegido del exceso de estímulos internos como
externos.
Freud, (1895) señala que el niño pequeño inicialmente no puede por
mismo responder a ciertas necesidades, necesita de un otro que lo ayu-
de realizando una acción especíca. La madre, como individuo auxiliar,
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es la encargada de satisfacer la necesidad, y así, puede el niño tener una
vivencia de satisfacción, lo cual dará paso a los primeros esquemas de
representación, sin las cuales, plantea Freud, se producen consecuen-
cias en el desarrollo. Desde estas satisfacciones se disminuye el displa-
cer y el aparato puede seguir operando. Se disminuyen las cantidades y
se forma esta frontera que mantiene a resguardo el adentro del afuera.
Es decir, podemos hipotetizar que en un primer momento es el otro
quien actúa como frontera antiestímulo y ayuda a su conguración.
Respecto a esto, si estos procesos tempranos no surgieron, nos encon-
traremos con niños que no tienen ese escudo protector del todo cons-
truido. Aquí pensamos el sujeto autista, quien fracasa en sus posibilida-
des de generar esta barrera anti estímulo, y el aparato se ve invadido
por sensaciones caóticas que no puede ltrar a modo de protección.
Entonces, quedan como un cúmulo de vivencias sin sentido que dejan al
sujeto expuesto a lo impredecible, lo pulsional sin posibilidad de ligazón.
Por tanto, quedan como un sujeto a la intemperie, sin elementos pro-
tectores contra las inclemencias del mundo, lo cual pone en marcha una
defensa desesperada ante la certeza muy temprana de un mundo tre-
mendamente amenazante.
En ese entendido, si en estos sujetos hipotetizamos que esta barrera
antiestímulo no terminó de armarse y su protección ha quedado aguje-
reada, es importante considerar los ambientes en los cuales él se mue-
ve. Aquí vemos la necesidad en algunos sujetos autistas de que se ltren
los estímulos sensoriales de los ambientes en que se mueven (luces,
sonidos, texturas, etc.)
Ahora bien, que se recurra a un ltro externo debido a la dicultad pro-
pia de la estructuración de su psiquismo de ltrar los estímulos externo,
no implica que no haya una necesidad de encontrarse con un mundo
externo, extrafamiliar, para continuar su proceso de devenir sujeto.
Cuando nos encontramos en ese punto, podría surgir la pregunta, ¿qué
le pasa al sujeto autista en esta salida del mundo endogámico hacia el
social? ¿Puede ingresar a lo social en condición de igualdad a los otros
sujetos o requiere de un ingreso diferente, particular? ¿Necesita protec-
ciones ante ese mundo que psíquicamente se le vuelve intrusivo? ¿Si es
que es así, qué tipo de protecciones? ¿Cómo facilitar que el sujeto autista
pueda habitar ese mundo externo cuando está a la intemperie?
Función del tercero y lo social
Para que el yo del infans advenga, éste se encuentra con signicaciones y
deseos desde el discurso materno que bañan su cuerpo y lo recubren de
palabras (Aulagnier, 2010). En primera instancia la madre actúa la fun-
ción doble de portavoz, el cual reere por un lado, a la voz de la madre
que da cuenta de las manifestaciones del infans y que lo instala en un
discurso que lo precede. Es la voz de la madre que sujeta al infans, y que
se instala sosteniendo su psiquismo. Y por otro lado, como “represen-
tante del orden exterior cuyas leyes y exigencias ese discurso enuncia”
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(Aulagnier, 2010, pág.114), desde donde se hace comprensible pensar la
relación del microambiente familiar en el campo social.
Anticipado por el discurso del portavoz, obligado, para ser, a apropiarse
de los enunciados identicantes pre-dichos y preinvestidos por ese mis-
mo discurso, precedido por construcciones, obras de su propia psique
pero no de él mismo, el yo adviene dentro de un espacio de discurso, un
espacio de realidad, un espacio psíquico que no lo esperaron para exis-
tir y que sólo aceptan acogerlo si él puede pactar con esos preexistentes,
<armonizar con> sus conminaciones y sus contradicciones (Aulagnier,
2003, p.196-7).
Propone Aulagnier (1975) que en los comienzos de la vida, es la madre
en su función de portavoz quien dona al niño ciertos enunciados iden-
ticatorios que anticipan un Yo que está por advenir. Madre, entendi-
da como dimensión hablante, quien a través de estos enunciados da la
posibilidad al infans de habitar un cuerpo y una psiquis. Es decir, en su
función de portavoz da lugar a un ser hablado que luego hablará para
sí, otorga y ofrece sentido al infans, anticipando el advenimiento del yo
desde ese ofrecimiento identicatorio.
Ahora bien, este proceso es necesario para el advenimiento del sujeto
psíquico, sin embargo, una vez constituido, existe el riesgo de que la
madre se mantenga en su función de portavoz, con un discurso total, no
reconociendo en su hijo a un otro, con historia y capacidad de pensar.
Instalando una violencia que en este caso no es primaria ni constitutiva
a favor del yo, sino una violencia secundaria que funciona en contra del
yo; “se comprueba cuán frágil es el intervalo que, en esta fase, separa lo
necesario del abuso, lo estructurante de lo desestructurante” (Aulagnier,
2010, p.135).
Esa función entonces necesaria y estructurante ha de abdicar para que
el infans pueda constituirse sujeto y ocupar un lugar en el campo social
que sea propio. Para Aulagnier (2010) lo social es pensado en interrela-
ción al proceso de constitución psíquica, al punto que podría instalarse
como una cuarta instancia. Ello se conceptualiza bajo la noción de con-
trato narcisista;
El contrato narcisista tiene como signatarios al niño y al grupo. La ca-
tectización del niño por parte del grupo anticipa la del grupo por parte
del niño.(...) En cuanto al niño, y como contrapartida de su catectización
del grupo y de sus modelos, demandará que se le asegure el derecho a
ocupar un lugar independiente del exclusivo veredicto parental, que se
le ofrezca un modelo ideal que los otros no pueden rechazar sin recha-
zar al mismo tiempo las leyes del conjunto, que se le permita conservar
la ilusión de una persistencia atemporal proyectada sobre el conjunto y,
en primer lugar, en un proyecto del conjunto que, según se supone, sus
sucesores retomarán y preservarán(Aulagnier, 2010, p.164).
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El primer contrato narcisista emerge de los vínculos primarios y lo invis-
te antes de nacer, pero luego, esto se reactivará y resignicará con los
vínculos secundarios, permitiendo posibilidades de apertura exogámica
y nuevos soportes identicatorios (Rother, M.C, 2008). Y es desde aquí,
que se le presenta el mundo al niño y luego ese niño tendrá que hacer
su propio pacto social con el grupo. Su propio contrato.
Para ello:
... el sujeto, a su vez, busca y debe encontrar, en ese discurso, referen-
cias que le permitan proyectarse hacia un futuro, para que su alejamien-
to del primer soporte constituido por la pareja paterna no se traduzca
en la pérdida de todo soporte identicatorio” (Aulagnier, 2010, p.161).
El discurso parental y su efecto en el infans es desde una ley que los
excede (Aulagnier, 2010). En ese sentido, incluso desde los comienzos
psíquicos: “la relación que mantiene la pareja parental con el niño lleva
siempre la huella de la relación de la pareja con el medio que la rodea”
(Aulagnier, P., 2010, p.161). Entonces podríamos preguntarnos, ¿cuáles
son los efectos cuando hay un diagnóstico que es parte de esos enuncia-
dos identicatorios que recubren al infans en su proceso constitucional?
Creemos entonces que con esta ley, con todos sus benecios, se corre
también el riesgo de que ese enunciado TEA que ofrece un lugar especí-
co para el niño y para sus padres en el campo social, termine hablan-
do del niño, confundiendo el diagnóstico con su ser, es decir, actuando
como un enunciado cerrado, jado que hable del niño, y que pueda di-
cultar la apertura que es necesaria para la subjetividad del niño y su
singularidad.
En ese sentido, cuando pensamos en el sujeto autista y su necesidad de
circular en el territorio social para su constitución, aparece la pregunta
por lo que ese contexto social le ofrece o entrega. Lo social habría de
ofrecer una otra cosa que permita el movimiento separatorio desde el
cuerpo materno y el cuidado del hogar hacia el campo social. Entonces
se abre la pregunta por ¿qué le viene a ofrecer lo social con esta ley y
todas las acciones desencadenantes, a un sujeto autista y su familia?
Libertad de circulación
Cuando hablamos de circulación nos remitimos a los planteamientos
de Oury, quien crea el concepto de libertad de circulación tomando por
punto de partida la transferencia en pacientes graves o psicóticos, quie-
nes transeren, en tanto son seres hablantes (parle-être).
La transferencia estaba en relación con una suerte de movimiento, una
suerte de desplazamiento, incluso de investidura sobre el cuerpo; ense-
guida esto tomó otras dimensiones. Entonces hay movimiento: cuando
decimos transferencia decimos movimiento, decimos deseo inconscien-
te (Oury, 1998).
Frente a esto, a propósito del trabajo con pacientes psicóticos imple-
mentado en la Clinique de la Borde, Oury sitúa que en todo medio social,
ya sea el campo en su totalidad, o en una institucionalidad donde habría
un medio micro-social, -un conjunto de gente de todas las naturalezas-,
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si éste se reconoce como un medio importante, se pueden generar mo-
dicaciones en quienes han sido tomados por ese colectivo, es decir, se
pueden producir cambios en los sujetos que son parte de su medio.
Citamos a Oury, quien al respecto, señala:
Yo digo “libertad de circulación”, esto quiere decir que para que pueda
existir libertad de circulación se requiere, por supuesto, la existencia de
un espacio y una circulación ya en el sentido concreto del término, po-
der caminar. Tener la libertad de caminar es a veces tener la libertad de
quedarse en el lugar. Porque la circulación no se hace simplemente con
los pies, puede estar también dentro de la cabeza: una circulación, la
libertad de estar tranquilo (Oury, 1998).
En Chile durante la pandemia del Covid-19, durante los momentos de
connamiento social, se abrió un permiso para niños autistas -y sus cui-
dadores- para poder salir del hogar durante unos momentos, con lo que
podemos pensar que hay un reconocimiento -en cierto nivel- de la ma-
yor necesidad de aire y circulación en estos casos, aun cuando en ese
momento, se pensaba que ese aire podía infectar de un virus. Podemos
pensar que se vio la importancia de la circulación en espacios fuera del
hogar para sostener algo de la subjetividad de ese niño que corre los
riesgos de la desestructuración.
Algo de eso también se puede pensar en el sistema escolar en tiempos
habituales, donde las funciones de tutores sombras, acompañantes te-
rapéuticos, actúan en sostener a ese cuerpo y ese psiquismo, a modo
de un yo auxiliar, o bien, como una barrera anti estímulos, ltrando ese
mundo exterior, sosteniendo. Pero este sostén de los tutores, no es en
cualquier lugar, sino en la mayoría de las veces, es un tutor que acompa-
ña en la salida del mundo familiar, entendiendo que ese mundo puede
vivirse de un modo amenazante, pero reviste de suma importancia para
su bienestar, para su proceso de constitución.
Esto nos rememora nuevamente a lo que se señala en la Clínica de la
Borde, donde se menciona que la importancia de los monitores en la
clínica -clínica para pacientes psicóticos-, es generar la posibilidad de
transitar de un lado a otro sin demasiado riesgo a la catástrofe, ya que
hay un acompañamiento que permite una cierta continuidad, y esa con-
tinuidad, disminuye el riesgo (Lecarpentier, 2019).
Para Untoiglich en la clínica con sujetos autistas:
Se trata de construir una red de referentes para el niño, los padres y los
propios terapeutas. La condición es que todos estén atravesados por
la ley y la idea de que ciertos saberes se construyen en forma colectiva
(Untoiglich, 2015, pág.119).
Así, la importancia en los sujetos autistas de que haya un espacio otro,
más allá de ellos y su entorno familiar. La libertad de circulación es en
un terreno otro, que es regido por una ley social, que es representante
de la ley simbólica, que va más allá de los cuerpos y los modos fami-
liares. En ese sentido, pensamos que se trata de tener las condiciones
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para ejercer una salida. Salida que permita la circulación, es decir, que el
sujeto se pueda mover, que exista espacio y estén las condiciones para
generar alguna intervención subjetivante. Movimiento que como dice
Oury, se puede dar en el psiquismo -dentro de la cabeza-.
En ese sentido, muchas veces, las intervenciones terapéuticas -o subjeti-
vantes, como dice Untoiglich (2015)- han de ir ligadas a la posibilidad de
circular en el espacio común social. Circular para devenir uno con otros.
Intervenciones subjetivantes en tanto, suponen el despliegue de posibi-
lidades que han quedado obturadas o que no se pudieron constituir, y
que por tanto, van a favor de darle lugar a la subjetividad.
Discusión nal
Bajo el contexto de la nueva ley TEA (trastorno del espectro autista) nos
parece que es importante hacerse algunas preguntas que tienden a apa-
recer al trabajar con sujetos autistas. Creemos que el trabajo del psi-
coanálisis tiene que ver con la apertura, abrir allí donde hay algo jado,
generar dudas donde hay certezas que no posibilitan la pregunta en y
por el sujeto.
Primero entonces nos encontramos con la pregunta por el riesgo de
patologización, es decir, de que el diagnóstico “no se escriba con lápiz”
como dice Untoiglich, y que el niño y los padres queden jados a un pun-
to. En ese sentido, la construcción de una ley dirigida a sujetos que han
de contar con un diagnóstico para acceder a sus benecios, entendien-
do que el sujeto mismo habrá de nombrarse como tal, es decir, en el re-
conocerse como “soy TEA” o “mi hijo es TEA”, existe el riesgo de que ese
diagnóstico actúe como una signicación que venga a responder todo
y obture la pregunta por el niño en particular y por su sufrimiento. Pre-
gunta que es necesaria para la subjetividad del niño en tanto sujeto otro,
separado, diferenciado. Hemos de entender que TEA será un enunciado
identicatorio que será hablado y que instalará al niño en el discurso, al
mismo tiempo, que será un enunciado identicatorio que hable de su
lugar y el de su familia en el campo social. Se corre el riesgo entonces,
que frente a la idea del espectro autista como una masa diagnóstica,
pueda haber una falta de reconocimiento de que hablamos de sujetos
distintos, con cuerpos, historias y contratos narcisistas distintos al de
otro que también es parte de esa misma masa. .
Entonces, ¿qué lugar pasa a ocupar en lo social este niño diagnosticado
de autista, esta madre y padre frente a esto que los pone en un lugar
otro, que si bien está pensado para facilitarles la inclusión a la sociedad,
también los deja en un lugar que corre el riesgo de quedarse jo? En ese
sentido, pensamos que hay algo del contrato narcisista que se jugará de
una manera distinta, en tanto es una ley social particular -representante
de la ley simbólica-, que nombra y marca algo sobre ellos. Probablemen-
te, nos podemos anticipar a que una vez eso suceda, nos encontraremos
con la tarea de abrir espacios a que ese sujeto se posicione en un lugar
diferente al de ser autista, es decir, que ese diagnóstico no abarque toda
su subjetividad.
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Por último, nos preguntamos, ¿cuánta libertad de circulación para los
niños hay en esto? ¿La ley lo va a favorecer porque va a permitir que cir-
culen más y se integren en contextos que antes no podían o en el fondo
viene a reducir esta circulación porque se insertan en esto social desde
un lugar muy jo? ¿Se genera realmente una apertura que permita tran-
sitar en distintas posiciones, de niño a púber, de púber a adolescente,
de adolescente a adulto, de hijo a estudiante, a amigo, a compañero de
clases o el sujeto queda reducido a una forma particular de ser explica-
da exclusivamente en términos diagnósticos?
Dejando entre paréntesis las preguntas sin respuesta sobre los enuncia-
dos identicatorios que se le ofrecen a este sujeto niño, y su riesgo de
jación, nos parece importante lo que recoge esta ley en tanto situarlo
en un campo social. Que ese niño, ese sujeto autista, no quede fuera.
Tal vez, de momento, socialmente habremos de poner señaléticas para
permitir su circulación, más, en ello al menos se reconoce la importancia
del ingreso de ese niño, quien mediante su circular pueda comenzar a
dar pasos hacia un camino novedoso con otros diferentes.
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